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Derecho Concursal y Reestructuraciones

Cuando una empresa empieza a tener dificultades para atender regularmente sus obligaciones, el tiempo se convierte en una variable jurídica y empresarial decisiva.

En Cidoncha Abogados asesoramos a empresas, empresarios y administradores ante situaciones de tensión financiera, insolvencia y negociación con acreedores. Analizamos la situación antes de decidir si procede negociar, plantear una reestructuración, utilizar los mecanismos previstos por la legislación concursal o preparar un procedimiento concursal.

También asesoramos a acreedores y defendemos los intereses de socios y administradores cuando pueden verse afectados por una situación de insolvencia. Nuestro enfoque parte de una idea sencilla: cuanto antes se analiza una dificultad financiera, mayor suele ser el margen para tomar decisiones ordenadas.

¿Cuándo está una empresa obligada a solicitar el concurso de acreedores?

Cuando se encuentra en insolvencia actual, es decir, cuando no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles, el deudor debe solicitar el concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que conoció o debió conocer esa situación. Si la insolvencia todavía es inminente, puede valorar la comunicación al juzgado de la apertura de negociaciones con los acreedores para intentar un plan de reestructuración. Retrasarse sin justificación puede aumentar el riesgo de que el concurso sea calificado como culpable.

¿Puede una empresa evitar el concurso mediante un plan de reestructuración?

Sí, siempre que exista una posibilidad razonable de viabilidad y se actúe antes de que la situación sea irreversible. El plan puede incluir quitas, esperas, conversión de deuda en capital, venta de activos o modificaciones de contratos. La comunicación de negociaciones puede proteger temporalmente frente a determinadas ejecuciones y, si el plan se aprueba con las mayorías necesarias, puede solicitarse su homologación judicial para hacerlo vinculante incluso frente a acreedores disidentes en determinados supuestos.

¿Responde personalmente el administrador porque la empresa entre en concurso?

El concurso no genera por sí solo responsabilidad personal. El riesgo aparece, por ejemplo, si el administrador avaló deudas, incumplió el deber de solicitar el concurso o agravó la insolvencia ocultando bienes, realizando pagos selectivos injustificados o manteniendo una actividad inviable. En la sección de calificación, el concurso puede declararse culpable y el administrador podría ser condenado a cubrir total o parcialmente el déficit, además de quedar inhabilitado.

Mi cliente ha entrado en concurso y me debe facturas, ¿qué tengo que hacer?

Hay que identificar el juzgado, el número de procedimiento y la fecha de publicación del auto en el Registro Público Concursal. Desde esa publicación suele existir un plazo de un mes para comunicar el crédito a la administración concursal. La comunicación debe incluir facturas, contratos, albaranes, vencimientos, garantías y cualquier documento que permita justificar el importe y la clasificación del crédito. Si no se comunica a tiempo, el crédito puede ser reconocido como subordinado, salvo excepciones.

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Nuestras propuestas

Estudiamos cada consulta de forma individual para identificar las necesidades del cliente y plantear las alternativas jurídicas más adecuadas. Analizamos las circunstancias del caso y explicamos de forma clara las distintas opciones y sus posibles consecuencias.

¿Cómo iniciamos los proyectos?

El primer paso es conocer la situación del cliente, sus necesidades y objetivos. A partir de una primera valoración, definimos las actuaciones necesarias y planteamos una estrategia jurídica adaptada a cada caso.

¿Cuándo es buen momento?

Recomendamos solicitar asesoramiento cuando surja una situación que pueda tener consecuencias jurídicas relevantes. Actuar con antelación permite valorar las opciones disponibles, prevenir problemas y tomar decisiones con mayor seguridad.

Cómo contactar

Puede ponerse en contacto con nuestro despacho para concertar una consulta y exponer su situación. Le atenderemos de forma cercana y confidencial para orientarle sobre las posibles vías de actuación.